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Juez suspende temporalmente planta de amoniaco para evitar daños a bahía de Topolobampo, Sinaloa

02/02/2019 - 1:25 pm

Desde diciembre de 2018, los representantes del Ejido El Muellecito tramitaron un amparo para evitar que haya daños irreparables en el ecosistema denominado Lagunas de Santa María-Topolobampo-Ohuira, donde la Semarnat autorizó la construcción de la fábrica de fertilizantes de manera condicionada a ciertas medidas ambientales.

Culiacán, Sinaloa/Ciudad de México (Noroeste/SinEmbargo).- El Juez José Francisco Pérez Mier, titular del Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de Sinaloa, ordenó la suspensión provisional de la planta de amoniaco en Topolobampo para prevenir daño ambiental de la bahía, haciendo uso de la facultad jurídica según la cual, aun sin tener certeza científica de consecuencias, puede detener cualquier amenaza contra el medio ambiente.

Con esta medida precautoria, el juez ha dejado sin efecto el permiso que emitió la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, sobre el impacto y riesgo ambiental, fechada el 21 de abril de 2014.

Desde diciembre de 2018, los representantes del Ejido El Muellecito tramitaron un amparo para evitar que haya daños irreparables en el ecosistema denominado Lagunas de Santa María-Topolobampo-Ohuira, donde la Semarnat autorizó la construcción de la fábrica de fertilizantes de manera condicionada a ciertas medidas ambientales.

El proceso para conseguir el amparo siguió hasta lo que va de este año; el juez solicitó informes a ambas partes y se realizaron las audiencias incidentales y constitucionales hasta que el día 22 decidió dictar la suspensión provisional.

“En apego a los principios de apariencia de buen derecho y peligro de demora, se concedió la suspensión provisional solicitada por representantes del ejido El Muellecito, toda vez que de ejecutarse la referida obra se generarían daños irreparables al ecosistema de las lagunas, catalogadas como Sitio Ramsar”, informó el Poder Judicial en un informe en el que explica el caso.

“En su resolución, el juzgador federal aplicó como criterio novedoso el principio que rige en materia ambiental denominado in dubio pro natura, o bien de prevención, consistente en que si existe peligro o amenaza de daños graves o inminentes sobre elementos de biodiversidad, que establece que la ausencia de certeza científica del mismo o la inminencia del daño en cualquier grado, no es razón para no adoptar medidas protectoras del bien colectivo”.

También se precisa que el hecho de que no se cuente con elementos científicos contundentes, que avalen la decisión de paralizar o detener la acción administrativa que genera tal riesgo, no es obstáculo para dictar las medidas necesarias para la conservación del medio ambiente.

El sitio donde se construye la planta, agrega, forma parte de la Convención Relativa a los Humedales de Importancia Internacional especialmente como Hábitat de Aves Acuáticas, por lo que las Lagunas de Santa María-Topolobampo-Ohuira se encuentran consideradas como Sitio Ramsar, de importancia internacional por su relevancia para el ecosistema mundial.

“La medida suspensional establece que entre los daños que se pudieran causar con el inicio de operaciones de la planta de amoniaco, se encuentra la succión de dos mil metros cúbicos por hora de agua de mar, al parecer, en la zona que corresponde al sitio de mayor abundancia de postlarvas de camarón, lo cual podría generar una mortandad natural de gran magnitud, con una pérdida anual probable de más de 500 toneladas de camarón”, se puede leer.

En el lugar también habitan al menos 100 mil aves que según los estudios, utilizan el sistema para anidar y descansar.

Esta medida precautoria del juez ha dejado sin efecto el permiso que emitió la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, sobre el impacto y riesgo ambiental, fechada el 21 de abril de 2014.

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